APERTURA DE CUENTA

1. Datos de Identificación

Identificacion
Huella Dactilar
    
Solicitud en línea disponible para ciudadanos ecuatorianos residentes en el país, excepto Región Insular (Galápagos)

2. Verificación del Usuario

3. Datos del Cliente

Si  No 
    

4. Dirección Domicilio

La dirección de domicilio ingresada será validada con la planilla de servicio básico entregada
    

5. Situación Laboral (opcional)

    

6. Referencias

    

7. Legalización del contrato de la cuenta de ahorro y entrega de tarjeta (paso final)

    No  Si
    Casa  Trabajo

CONTRATO DE CUENTA DE AHORROS Y DE SERVICIOS DE BANCA POR MEDIOS ELECTRÓNICOS Y TELEFÓNICOS 
(Personas Naturales)

CAPÍTULO I. CONDICIONES GENERALES

PRIMERA: ACUERDO.-

La suscripción del presente instrumento constituye un acuerdo expreso con EL BANCO y el respaldo suficiente para el acceso y presentación de los productos, servicios y operaciones bancarias que EL CLIENTE ahora solicita y aquellos que en el futuro, le ofrezca EL BANCO, así como la aceptación de las condiciones, derechos y obligaciones que se expresan en las cláusulas que siguen.

SEGUNDA: RESPONSABILIDADES.-

EL BANCO responderá frente AL CLIENTE  por la confidencialidad de la información proporcionada y, en general, por los productos, servicios y operaciones bancarias que le preste en ejecución de este instrumento, de acuerdo con las condiciones y características particulares de cada uno de ellos. Esta responsabilidad no incluye las pérdidas o daños que sufre EL CLIENTE por causas no imputables a EL BANCO o por la calidad de los viene o servicios que éste adquiera de terceros a través de la(s) cuenta(s) o tarjeta(s) o incluso de la utilización de canales transaccionales que pertenezcan a entidades distintas de EL BANCO.

TERCERA: DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE.-

EL CLIENTE tendrá los derechos y obligaciones señalados en el Código Orgánico Monetario y Financiero, Ley Orgánica de Defensa del Consumidor y el Código de Derechos y Obligaciones del Usuario de las Entidades de los Sectores Financieros Público Y Privado, los cuales se obliga a cumplir en todo lo que fuere aplicable respecto de este instrumento.

Sin perjuicio de lo mencionado y de otras obligaciones y responsabilidades determinadas en este instrumento y/o en las condiciones particulares de los productos, servicios y operaciones bancarias que le ofrezca EL BANCO, EL CLIENTE expresamente conviene que:

3.1 La(s) tarjeta(s) y/o usuario y/o clave(s) y/o códigos de seguridad y/o cualquier otro habilitante que permita a EL BANCO verificar la identidad de EL CLIENTE para darle acceso a los diferentes medios y/o canales transaccionales, son personales e intransferibles, por lo que acepta la responsabilidad respecto a las transacciones que efectúe a través de ellos y se obliga a custodiar con prolijo cuidado y mantener en secreto su(s) clave(s) y/o información personal y/o código(s) y/o habilitantes o seguridades adicionales, asumiendo expresamente los daños y/o perjuicios que pudieren derivarse como consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones o de las medidas de seguridad establecidas en este instrumento o por mal uso de ellas.

3.2 Por su seguridad, se obliga a cambiar su(s) clave(s) de manera periódica y/o cuando EL BANCO lo solicite, para evitar actos dolosos en su contra, que puedan causarle perjuicios especialmente por transacciones, transferencias, retiros u operaciones bancarias no autorizadas que pudieren efectuar terceras personas que lleguen a tener dicha información por falta de precaución o descuido de EL CLIENTE. El cuidado que debe tener busca también proteger a EL BANCO de actos dolosos cometidos por estas causas.

3.3 Es su obligación mantener actualizados los datos personales que se encuentren registrados en EL BANCO e informarle por los canales habilitados para el efecto, de cualquier cambio en su dirección de domicilio, trabajo, correo electrónico, números telefónicos, etc.; por lo cual EL BANCO no será responsable de los daños que pudieren derivarse del incumplimiento de esta obligación.

3.4 En caso de pérdida, sustracción, robo o hurto de la(s) tarjeta(s) y/o clave(s) y/o códigos de seguridad y/o habilitantes asignados por EL BANCO; o, del teléfono celular y/o número celular asociado; o, en caso de que terceras personas no autorizadas hayan obtenido información referente a ellos; es obligación de EL CLIENTE notificar a EL BANCO inmediatamente después de ocurrido el suceso, mediante documento escrito en el que deberá constar la recepción respectiva, o mediante comunicación electrónica debidamente recibida por EL BANCO, o por una llamada a Call Center según las respectivas políticas y procedimientos, por lo que, a partir de dicha notificación, EL BANCO suspenderá cualquier cargo o pago por cuenta de EL CLIENTE, y éste no será responsable por las transacciones, transferencias, retiros u operaciones bancarias que se realicen. De no cumplir EL CLIENTE con esta obligación, se entenderá que las transacciones, transferencias, retiros y operaciones bancarias fueron realizados por EL CLIENTE, bajo su exclusiva responsabilidad, por lo cual EL BANCO queda eximido de cualquier responsabilidad.

3.5 Es su obligación informarse de las condiciones y características de los productos, servicios y operaciones bancarias que solicita y a los que acceda en el futuro, así como del efecto de las instrucciones (órdenes y/o aceptaciones) electrónicas que transmita EL BANCO por los diferentes medios, dispositivos y canales físicos o electrónicos establecidos para el efecto; por lo que al aceptarlos o usarlos asume plenamente los riesgos asociados.

3.6 EL CLIENTE se obliga a notificar por escrito a EL BANCO, si deseare excluir alguno(s) de los productos o servicios puestos a su disposición, de manera que no le sea(n) brindado(s).

3.7 EL CLIENTE se obliga a revisar constantemente las transacciones o movimientos realizados en su(s) cuenta(s), a través de cualquiera de los canales físicos, electrónicos, electromecánicos, telefónicos o de Internet que EL BANCO pone a su disposición; aceptando que una transacción se considerará efectuada desde el momento en que conste la información en el registro electrónico.

CUARTA: VIGENCIA Y TERMINACIÓN.-

El presente contrato es de plazo indefinido. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá darlo por terminado, previa comunicación escrita a la otra parte con 30 días plazo de anticipación. Así mismo, EL BANCO queda facultado para notificar la terminación unilateral del presente contrato a la dirección de correo electrónico señalado por EL CLIENTE en la cláusula vigésima tercera.

El presente contrato terminara por las siguientes causas:

  1. En cualquier momento EL CLIENTE podrá cerrar su cuenta de ahorro y terminar el presente contrato; para ello deberá presentar al BANCO por escrito la intención de retirar el total de los fondos, incluido capital e interés. EL BANCO dará constancia al CLIENTE del cierre.
  2. Por decisión del BANCO, para dar cumplimiento a lo previsto en la Disposición General Sexta del Código Orgánico Monetario y Financiero.
  3. Cuando EL BANCO reciba notificación de autoridad competente respecto a actividades de lavado de activos u origen ilícito de fondos relacionados con la cuenta de ahorros.
  4. Por falta o insuficiente justificación del origen y destino de fondos; así como también cuando se produzca una o más transacciones inusuales identificadas por EL BANCO y no justificadas por EL CLIENTE. El cierre de cuenta de ahorros no acarreara responsabilidad para EL BANCO, ni para EL CLIENTE.
  5. Por falta de movimiento transaccional durante 60 días desde su apertura, por lo tanto el BANCO de manera unilateral podrá cerrar la cuenta de ahorro del CLIENTE.

CAPÍTULO II. CUENTA DE AHORROS

QUINTA: ANTECEDENTES.-

EL BANCO es una entidad financiera constituida bajo las leyes de la República del Ecuador y controlada por la Superintendencia de Bancos.

Es de interés del CLIENTE realizar la apertura de una cuenta de ahorros para efectuar depósitos y retiros de fondos; consultas, transferencias y demás transacciones permitidas por la ley.

SEXTA: OBJETO.-

Con los antecedentes expuestos y en atención a la solicitud por medio de los canales autorizados por EL BANCO canales físicos  o electrónicos), EL BANCO apertura una cuenta de ahorros en Dólares de los Estados Unidos de América, cuya titularidad es de {{FULL_NAME}}

Con la apertura de cuenta de ahorros, EL BANCO emitirá una tarjeta de débito con chip a favor del titular de la misma, cuyo uso se halla descrito en el Instructivo para el manejo de cuenta de ahorros del Banco de Loja que forma parte integrante de este contrato.

SÉPTIMA: AUTORIZACIÓN EXPRESA.-

EL CLIENTE faculta a EL BANCO para que a su nombre se efectúe pagos, cobros a terceros y de terceros mediante autorización escrita o mediante convenios especiales que existan al momento o que llegaren a suscribirse. De igual manera el Cliente autoriza al BANCO para que en caso de que existan saldos pendientes de pago por cualquier motivo y en especial por concepto de cobro de préstamos, costos por servicios, o cualquier tipo de facilidades crediticias otorgadas, debite dichos saldos de esta cuenta de ahorros, así como debitar los impuestos causados.

OCTAVA: ACEPTACIÓN ESPECIAL.-

El CLIENTE, acepta expresamente las responsabilidades de orden civil, administrativo y penal que corresponden a las declaraciones, compromisos y obligaciones que constan en este documento, declara además que se halla en capacidad legal para celebrar este contrato, depositar fondos, órdenes de pago, y en general realizar todas las operaciones y movimientos relacionados con el manejo de la cuenta de ahorros. Exime por lo mismo de responsabilidad al BANCO para el caso de que estas declaraciones sean falsas o no se ajustan a la verdad.

NOVENA: DECLARACIÓN DE LICITUD DE FONDOS.-

EL CLIENTE declara bajo juramento que los valores depositados en la cuenta son lícitos y no provienen ni serán destinados a actividades ilegales o delictivas y no tienen relación alguna con el lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otros delitos y más infracciones previstas en la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos y en la Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socioeconómico de las Drogas y de Regulación y Control del Uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización. EL CLIENTE no admite, que terceros realicen depósitos o transferencias con fondos procedentes de estos delitos y autoriza al Banco de Loja S. A., a efectuar los análisis y verificaciones que consideren necesarios e informar a las autoridades competentes en caso de llegar a determinar la existencia de operaciones y transacciones inusuales e injustificadas. En virtud de lo autorizado renuncia a instaurar cualquier tipo de acción civil, penal o administrativa, por estos motivos contra el Banco.

DÉCIMA: SEGURO DE DEPÓSITO.-

Los saldos que mantenga EL CLIENTE en su cuenta de ahorros estarán protegidos por el seguro de depósitos de la Corporación del Seguro de Depósitos (COSEDE) en la forma y monto establecido por el Código Orgánico Monetario y Financiero y demás normas jurídicas pertinentes.

DÉCIMA PRIMERA: INTERESES.-

EL BANCO pagará un interés sobre los saldos que mantenga EL CLIENTE en la cuenta de ahorros, en función de la tasa de interés vigente a la fecha de pago.

El tipo de intereses vigente se publicara en los medios establecidos por EL BANCO, de acuerdo a las normas respectivas dictadas por el organismo de control.

DÉCIMA SEGUNDA: CONDICIÓN.-

EL BANCO y EL CLIENTE se ajustarán a la normativa que el organismo de control determine en términos de costos y por disposiciones legales vigentes. Adicionalmente, EL CLIENTE se sujetará al Instructivo para el manejo de cuenta de ahorros del Banco de Loja, el cual forma parte integrante del presente contrato.

DÉCIMA TERCERA: ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN.-

EL CLIENTE está obligado a actualizar la información registrada en EL BANCO anualmente, o en cualquier momento que se produzcan cambios.

Adicionalmente, EL BANCO podrá solicitar al CLIENTE cuando considere necesario la actualización de la información registrada por medio del canal que crea conveniente.

DÉCIMA CUARTA: PÉRDIDA, SUSTRACCIÓN DE LA TARJETA DE DÉBITO.-

En caso de pérdida, sustracción, robo o hurto de la tarjeta de débito, o vulneración de la clave personal, EL CLIENTE deberá notificar inmediatamente del particular a EL BANCO: por escrito, por teléfono, por Banca Electrónica, o por Kioscos Web. No será responsable EL CLIENTE de los consumos y/o retiros que se hagan con cargo a la tarjeta de débito o cartola reportada como pérdida o robada a partir de ese momento.

Cuando el extravió o robo o vulneración se produzca en el extranjero, EL CLIENTE deberá actuar de idéntica forma según lo descrito en el párrafo que antecede.

EL CLIENTE exime de cualquier tipo de responsabilidad a EL BANCO por los consumos y/o retiros que se efectúen con cargo a la tarjeta de débito que no ha sido notificada inmediatamente como pérdida o sustraída.

DÉCIMA QUINTA: JURISDICCIÓN Y CONTROVERSIAS.-

Para el caso de controversia, las partes renuncian domicilio y se someten a los jueces competentes de la ciudad de Loja, o de la ciudad donde se suscribe este contrato, a elección de EL BANCO y al trámite que corresponda de acuerdo a las normas procesales pertinentes.

CAPÍTULO III. SERVICIOS DE BANCA POR MEDIO  ELECTRÓNICOS Y TELEFÓNICOS

DÉCIMA SEXTA: OBJETO.-

EL BANCO permite a EL CLIENTE acceder a los distintos servicios electrónicos para realizar consultas, transacciones, operaciones, transferencias, pagos, retiros y demás servicios que presta, a través del uso de medios telefónicos, internet y redes electrónicas, utilizando o registrando clave(s), tarjeta(s) de débito / crédito, en cajeros automáticos u otros medios electrónicos, electromecánicos o telefónicos autorizados en el presente contrato.

DÉCIMA SÉPTIMA: SERVICIO(S) ACTIVADO(S).-

Mediante el presente contrato EL CLIENTE solicita a EL BANCO la activación del(los) siguiente(s) servicio(s):

-BANCA ELECTRÓNICA

Así mismo EL CLIENTE acepta las condiciones de los servicios que mantiene vigentes a la fecha

DÉCIMA OCTAVA: ACEPTACIONES.-

EL CLIENTE libre y voluntariamente acepta lo siguiente:

18.1 Que la(s) tarjeta(s), la(s) clave(s) asignada(s) por EL BANCO y/o, las clave(s) generada(s) por EL CLIENTE, con el número de cédula de identidad, ciudadanía, pasaporte extranjero, según el caso, constituyen la información necesaria para acceder a los servicios brindados a través de medios electrónicos, telefónicos, y electromecánicos solicitados. En el caso de acceder a los servicios brindados a través de medios electrónicos (Banca electrónica / Banca móvil) EL CLIENTE deberá crear un usuario y clave confidencial biométrica, así como registrar preguntas y figura secreta en el Sistema de Ingreso Biométrico.

18.2 Una vez realizadas las transacciones u operaciones solicitadas, y realizados los débitos que correspondan de la(s) cuenta(s), valor(es), inversión(es) y/o derecho(s) de cualquier tipo, se entenderán hechas con expresa instrucción y consentimiento de EL CLIENTE.

18.3 Que EL BANCO, establezca el monto máximo y límite para realizar transacciones en los canales electrónicos, telefónicos, y electromecánicos; monto que puede variar a criterio del Banco de Loja de acuerdo a políticas de seguridad. Además conocer que en algunos canales, dentro de los límites que fija el Banco se puede modificar dichos montos. Declara que ha sido informado que EL BANCO hará conocer los montos límites de transacción a través de cualquiera de los canales físicos, telefónicos o electrónicos, divulgación que acepta como suficiente y completa.

18.4 Que las transacciones requeridas en un día, no necesariamente se realizarán el mismo día, sino en 48 horas laborables dependiendo del tipo de servicio; además, autoriza expresamente a EL BANCO remitir por cualquier medio, la notificación de la transacción.

18.5 Que EL BANCO podrá retener, bloquear o cancelar, lo que fuere el caso, la(s) tarjeta(s) y/o clave(s) y/o registro(s) biométrico(s), así como la información relacionada con los mismos en cualquier tiempo si EL BANCO lo considera necesario o conveniente para seguridad de EL CLIENTE; y si habiéndose solicitado la devolución de la(s) tarjeta(s), no la(s) entregara, responderá frente a EL BANCO por los daños y perjuicios que por este hecho pueda ocasionar.

DÉCIMA NOVENA: OBLIGACIONES DEL CLIENTE.-

Constituyen obligaciones de EL CLIENTE las siguientes:

19.1 Custodiar y manejar la(s) tarjeta(s), la(s) clave(s) asignada(s) por EL BANCO y/o, las clave(s) generada(s) por EL CLIENTE, y/o usuario e información del Sistema de Ingreso Biométrico las cuales son personales e intransferibles, y servirán para efectos de acceso, verificación de la identidad y ejecución de transacciones en los diferentes servicios de los canales electrónicos, electromecánicos o telefónicos de EL BANCO.

19.2 Conocer plenamente los riesgos, contingencias, naturaleza jurídica, alcance y significado de las transacciones ejecutadas.

19.3 Contar con los requerimientos tecnológicos básicos de hardware y de software que necesite para poder acceder a los servicios de los canales electrónicos, telefónicos, y electromecánicos.

19.4 Mantener los fondos necesarios para atender el pago de las transacciones y pagos que instruya a EL BANCO y los costos que éstos impliquen.

19.5 En caso de pérdida, destrucción o sustracción de la(s) tarjeta(s); o, en caso de que terceras personas no autorizadas por EL CLIENTE hayan obtenido la citada información o clave(s) asignada(s) por EL BANCO y/o, las clave(s) generada(s), y/o usuario e información del Sistema de Ingreso Biométrico, comunicar a través cualquier canal habilitado para el efecto inmediatamente del suceso a EL BANCO, momento a partir del cual EL BANCO garantizará a EL CLIENTE la cancelación definitiva de la(s) tarjeta(s) y clave(s) por los motivos ya mencionados en el inicio de este inciso.

VIGÉSIMA: CONDICIONES DEL SERVICIO.-

EL BANCO prestara los servicios de acuerdo a las siguientes condiciones:

20.1 Las instrucciones detalladas a EL BANCO por EL CLIENTE tienen el carácter de irrevocables y no podrán ser modificadas, a menos que exista acuerdo entre EL CLIENTE y EL BANCO, y siempre que tales instrucciones aún no hubiesen sido totalmente ejecutadas por EL BANCO.

20.2 EL BANCO generará un comprobante digital o físico según el caso por cada transacción efectuada a través de los servicios de los canales electrónicos y electromecánicos, siendo este un requisito válido e indispensable para la gestión y atención de reclamos en caso de suscitarse controversias por inconsistencias en el sistema.

20.3 EL BANCO no se responsabiliza por las transacciones realizadas por EL CLIENTE o por personas no autorizadas por el mismo, debido al mal uso de la(s) clave(s), tarjeta(s) y/o usuario e información del Sistema de Ingreso Biométrico.

20.4 EL BANCO no se hace responsable por daño o perjuicio alguno que se ocasionare a EL CLIENTE, como consecuencia de fallas en las redes de comunicación e internet que haga uso EL CLIENTE, interrupción de servicio eléctrico, y prestación defectuosa del servicio por fuerza mayor o caso fortuito, ante lo cual EL CLIENTE declara expresa es irrevocablemente que exime al Banco de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de los hechos anteriormente descritos.

VIGÉSIMA PRIMERA: CONDICIONES ESPECÍFICAS DE CADA SERVICIO.-

El(los) servicio(s) vigentes a la fecha y el(los) solicitado(s) por EL CLIENTE se prestará(n) de acuerdo al siguiente detalle:

21.1 Servicio de Banca Electrónica: por medio del cual EL CLIENTE puede acceder a información, transacciones y consultas de créditos, saldos de cuentas, tarjetas de crédito, inversiones ingresando a través del portal web www.bancodeloja.fin.ec, en la sección "Banca Personal" durante las 24 horas, y todos los días del año.

21.2 Servicio Loja Aló: por medio del cual EL CLIENTE puede acceder a consultas automáticas llamado al 1-700-707070.

21.3 Servicio de Tarjeta de Débito: por medio del cual puede realizar retiros en efectivo, transferencias bancarias, consultas, pagos de servicios y consumos en establecimientos durante las 24 horas, todos los días del año en la red ACTIVA, VISA y BANRED a nivel nacional e internacional por la red PLUS.

21.4 Servicio de Banca móvil: por medio del cual EL CLIENTE puede acceder a información, transacciones y consultas de créditos, saldos de cuentas, tarjetas de créditos, inversiones ingresando a través de la aplicación móvil Banco de Loja, durante las 24 horas y todos los días del año.

VIGÉSIMA SEGUNDA: COSTOS DE LOS SERVICIOS.-

EL CLIENTE declara que conoce y acepta las tarifas y costos que cobra EL BANCO por los servicios que presta, mismas que han sido debidamente aprobadas de acuerdo a la Ley, cuyos valores constan en los tarifarios de costos y servicios publicados legalmente por EL BANCO para conocimiento del público, así como el hecho de que éste(os) puede(n) modificar dichas tarifas y costos en cualquier tiempo, haciéndome conocer de la modificación previamente, inclusive a través de la divulgación en sus oficinas o a través de medios electrónicos. EL CLIENTE se obliga a pagar a EL BANCO tales tarifas y costos, y faculta a debitarlos de cualquiera de sus cuentas, valores, inversiones y derechos de cualquier tipo que mantenga en EL BANCO.

EL CLIENTE declara que a la firma del presente contrato recibe adjunto el tarifario de costos y servicios, en el cual constan los costos asociados para la transaccionalidad de los servicios. EL CLIENTE acepta expresamente que cualquier variación a los montos establecidos en los documentos, le será informado en forma previa a su cobro a través de cualquier medio que EL BANCO defina para el efecto, es decir por vía telefónica, internet, redes electrónicas, medios de difusión masiva o cualquier otro medio debidamente aceptado por la ley u organismo de control.

VIGÉSIMA TERCERA: NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES.-

23.1 EL CLIENTE acepta y autoriza expresamente a EL BANCO, para que a través de cualquier vía sea esta telefónica, internet, redes electrónicas, página web del Banco de Loja, pueda enviar mensajes promocionales e informativos.

23.2 EL CLIENTE acepta y autoriza a EL BANCO, para que las notificaciones que deba realizar EL CLIENTE sean enviadas al correo electrónico y al número telefónico de celular registrados. Además de lo indicado EL CLIENTE se obliga a comunicar a EL BANCO mediante cualquier canal habilitado para el efecto de manera inmediata si ha realizado cambio de dirección electrónica o número telefónico de celular, para su actualización.

24.3 EL CLIENTE acepta y autoriza a EL BANCO para que la(s) tarjeta(s) de débito sea(n) emitida(s) con el siguiente nombre. (EN ESTA PARTE DEBERÍA IR EL NOMBRE QUE EL CLIENTE INDIQUE EN LA SOLICITUD DE APERTURA DE CUENTA)

VIGÉSIMA CUARTA: SEGURIDAD Y CUSTODIO.-

El custodio y buen uso de la(s) clave(s), tarjeta(s) y/o usuario e información del Sistema de Ingreso Biométrico, entregada por EL BANCO es exclusiva responsabilidad de EL CLIENTE, y se obliga a cumplir con lo siguiente:

24.1 Cambiar la(s) clave(s) entregada(s) al momento de la suscripción de este contrato, en la primera vez que ingrese con ésta(s) al servicio solicitado; y,

24.2 No divulgar ni permitir la utilización de la(s) clave(s) y/o usuario e información del Sistema de Ingreso Biométrico a terceras personas. El uso de estas por un tercero, se presumirá que EL CLIENTE ha proporcionado la información o que ha existido negligencia del mismo en conservarlas en secreto.

Adicionalmente, EL CLIENTE acepta las responsabilidades que se ocasionen como consecuencia del mal uso o falta de cambio de la(s) clave(s), tarjeta(s) y/o usuario e información del Sistema de Ingreso Biométrico, eximiendo a EL BANCO de cualquier tipo de responsabilidad.

VIGÉSIMA QUINTA: DESBLOQUEO DE CLAVES.-

EL CLIENTE para desbloquear su(s) clave(s), lo podrá realizar a través de:

a) Nuestros Asesores, llamando al servicio Loja Aló 1700707070

b) Nuestra página web www.bancodeloja.fin.ec; y,

c) Personalmente en cualquiera de las oficinas del país del Banco de Loja S.A.;

VIGÉSIMA SEXTA: DECLARACION DEL CLIENTE.-

Declaro bajo juramento que los valores depositados, así como las transferencias recibidas son lícitos y no provienen ni serán destinados a actividades ilegales o ilícitas tipificadas en las Leyes de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos vigentes. No admitiré que terceros realicen depósitos o transferencias con fondos provenientes de delitos o ilícitos en mis cuentas. Autorizo expresamente al Banco de Loja S. A., a efectuar análisis y verificaciones que considere necesarios e informar a la autoridad competente, en caso de llegar a determinar la existencia de operaciones y transacciones inusuales e injustificadas. En virtud de lo autorizado renuncio a instaurar cualquier tipo de acción civil, penal o administrativa, por estos motivos.

VIGÉSIMA SÉPTIMA: DE LOS RECLAMOS POR DÉBITO Y NO PAGO O DEPÓSITOS NO REGISTRADOS EN CAJEROS AUTOMÁTICOS.-

Una vez realizada la transacción y al no ejecutarse el pago del dinero o el depósito en una cuenta de ahorros o corriente del Banco de Loja a través del uso de cajeros automáticos, EL CLIENTE podrá formular mediante comunicación oral o escrita el reclamo a EL BANCO.

Una vez presentado el reclamo, EL BANCO solicitará a EL CLIENTE la siguiente información: lugar, fecha, hora, referencia, número de cuenta, número de tarjeta y valor del retiro o depósito. De comprobarse el error, EL BANCO procesará en la cuenta de EL CLIENTE el crédito que corresponda. El plazo para atender los reclamos presentados debe ajustarse al establecido en la norma, es decir, quince (15) días calendario. EL CLIENTE de no formular reclamo alguno, EL BANCO una vez que ha verificado en sus sistemas que se efectuó una transacción no exitosa en cajeros automáticos, automáticamente la entidad financiera procesará en la cuenta de EL CLIENTE el crédito que corresponda por dicha transacción.

VIGÉSIMA OCTAVA: DE LA PÉRDIDA, SUSTRACCIÓN O DETERIORO DE LA TARJETA.-

En caso de pérdida, sustracción, robo, hurto o deterioro de la TARJETA, o vulneración de la seguridad de la clave personal o PIN, EL CLIENTE, debidamente identificado por nombres y apellidos completos, número de cédula de identidad o ciudadanía o pasaporte para los ciudadanos extranjeros y número de tarjeta, deberá notificar inmediatamente del particular a EL BANCO, por escrito y/o por teléfono, no siendo responsable el primero, a partir de ese momento, de los consumos o retiros que se hagan con cargo a la tarjeta reportada como perdida o robada. En el evento de que la notificación sea telefónica, el mensaje magnetofónico constituirá medio de prueba, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo III del Código Orgánico General de Procesos. La notificación telefónica deberá, sin embargo, ratificarse por escrito dentro de las 48 horas posteriores; de no hacerlo EL CLIENTE será responsable por la adquisición de bienes y/o servicios y/o transacciones que se realicen con su TARJETA.

Cuando el extravío, robo o vulneración se produzca en el extranjero, EL CLIENTE deberá actuar de idéntica forma ante la institución asociada al sistema de tarjetas de crédito, en el país donde el hecho ocurra o en el lugar más cercano.

En caso de omitirse el trámite de aviso, EL CLIENTE será responsable de todas las transacciones suscritas o efectuadas con la clave personal o con la tarjeta extraviada o robada, hasta su vencimiento, o eventual recuperación por parte de EL BANCO. Si la TARJETA retorna a poder de EL CLIENTE, éste se obliga a no usarla y a devolverla inmediatamente al banco, cortada en dos partes en forma horizontal, a la altura de la banda magnética. En los casos descritos, el Banco se compromete a otorgar a EL CLIENTE un nuevo número de tarjeta, sin que sea necesario que EL CLIENTE llene otra solicitud ni firme otro contrato.

Las partes expresamente convienen a que si EL BANCO llegare a detectar que se intenta realizar un fraude o uso indebido de la TARJETA, o el hecho haya ocurrido, queda autorizado para bloquear o suspender inmediatamente el uso de la TARJETA, a fin de proteger los intereses de EL CLIENTE, de EL BANCO, y más personas que pudieren resultar perjudicadas, previo aviso dado a EL CLIENTE. Estas acciones no acarrearán ningún tipo de tarifa o costo imputable a EL CLIENTE.

VIGÉSIMA NOVENA: RECLAMOS.-

EL CLIENTE Titular de una tarjeta de débito, tendrá 30 días de plazo desde que se presenta el incidente para exponer y formalizar su(s) reclamo(s) por irregularidades presentadas sobre el uso de este servicio, el cual será atendido por EL BANCO según corresponda.

CAPÍTULO IV. DECLARACIONES Y AUTORIZACIONES

TRIGÉSIMA: INFORMACIÓN.- Con la suscripción de este documento, EL CLIENTE declara que conoce, acepta y autoriza expresa y voluntariamente a EL BANCO la recopilación, almacenamiento y uso de sus datos personales e información proporcionada, la misma que podrá ser utilizada o compartida con sus Subsidiarias y/o Afiliadas y/o relacionadas, entregando o solicitando, lo que fuere del caso, información de todo tipo que corresponda EL CLIENTE, inclusive la personal o la considerada como sensible y la sujeta a sigilo y reserva bancaria, con el objeto de que le brinde los productos, servicios u operaciones bancarias que solicita y/o que el BANCO le ofrece.

En caso de que EL CLIENTE comunique a EL BANCO la revocatoria de esta autorización o de cualquier otra constante en este documento, dicha revocatoria no tendrá efecto retroactivo y el presente instrumento podrá darse por terminado unilateralmente.

TRIGÉSIMA PRIMERA: CANALES TRANSACCIONALES.- EL CLIENTE declara conocer y aceptar que la(s) tarjeta(s) y/o clave(s) y/o código(s) de seguridad y/o información personal y/o registros biométricos constituyen el(los) habilitante(s) que le permitan acceder a productos, servicios y operaciones bancarias a través de medios y/o canales electrónicos, sean estos cajeros automáticos, POS, Internet, teléfono, corresponsales, retiros, solicitudes, opresiones, facilidades bancarias, entre las que se encuentran la posibilidad de solicitar y/o recibir préstamos, tarjetas de crédito o contratar seguros, los que podrán ser otorgados en función de las políticas de EL BANCO.

EL CLIENTE declara expresamente conocer las características y condiciones referentes a los productos, servicios y operaciones bancarias ofrecidos por EL BANCO, aceptando expresamente dichas características y condiciones con el solo acceso o uso de cada producto, servicio u operación bancaria por medio de las instrucciones electrónicas transmitidas a través de cualquiera de los canales habilitados.

TRIGÉSIMA SEGUNDA: RATIFICACIÓN.- EL CLIENTE declara que acepta, conoce y ratifica que de acuerdo con la Ley, el uso de clave(s) y/o código(s) de seguridad y/o información personal y/o registros biométricos u otros habilitantes, así como la transmisión de instrucciones electrónicas o mensajes de datos en general, sustituyen a su firma manuscrita y surtirán los mismo efectos; jurídicos; por tanto, EL CLIENTE reconoce la plena eficacia probatoria de los soportes informáticos o electrónicos en los que consten.

TRIGÉSIMA TERCERA: COSTOS Y GASTOS.- EL CLIENTE declara que conoce y acepta que todos los impuestos, tributos o contribuciones generados por la prestación de los productos, servicios u operaciones por él solicitadas, que por Ley le correspondan, serán de su cuenta, cargo y riesgo. Asimismo, los demás costos y gastos derivados de los productos, servicios u operaciones que ofrece EL BANCO o por la ejecución de las instrucciones transmitidas por EL CLIENTE, serán de su exclusiva cuenta.

EL CLIENTE acepta que para los productos, servicios u operaciones que ofrezca EL BANCO en los que incluya el uso de datos de localización así como de número de teléfono celular, EL BANCO podrá hacer uso de la información registrada y proporcionada por EL CLIENTE. Si dentro de estos productos, servicios y operaciones la operadora de telefonía móvil con la cual mantenga EL CLIENTE el servicio celular, contemplare el cobro de valores determinados por el uso de los servicios de comunicación móvil (USSD, SMS, Internet Móvil, o cualquier otro medio de transporte a través de la red celular del operador), estos valores serán considerados independientes a los productos, servicios u operaciones proporcionados por EL BANCO.

TRIGÉSIMA CUARTA: FUERZA MAYOR.- EL CLIENTE declara que conoce y acepta que EL BANCO no asumirá responsabilidad frente a él o terceros en caso de presentarse situaciones ajenas a su control de tipo técnico, tecnológico u otras relacionadas con casos fortuitos o de fuerza mayor, por las que no pueda prestar los servicios u operaciones bancarias solicitadas.

TRIGÉSIMA QUINTA: AUTORIZACIÓN DE CONSULTA.- EL CLIENTE declara que autoriza expresa e indefinidamente a EL BANCO para que obtenga de cualquier fuente de información, incluido Central de Riesgos y Burós de Información Crediticia autorizados para operar en el país, Registro de Datos Crediticios del Sistema Nacional del Registro de Datos Públicos, autorizados para operar en el país; sus referencias personales y/o patrimoniales anteriores, actuales y/o posteriores a la suscripción de esta autorización, sea como deudor principal, codeudor o garante, sobre su comportamiento crediticio, manejo de su(s) cuenta(s) corriente(s), de ahorro, tarjeta de crédito, etc., y en general al cumplimiento de sus obligaciones y demás activos, pasivos, datos personales y/o patrimoniales, aplicables para uno o más de los productos, servicios y operaciones bancarias que brinda EL BANCO.

EL CLIENTE faculta expresamente a EL BANCO para transferir o entregar dicha información, referente a sus operaciones crediticias, contingentes y/o cualquier otro compromiso crediticio que mantenga con EL BANCO, sea como deudor principal, codeudor o garante, a cualquier Registro Crediticio, Burós de Información Crediticia autorizados para el efecto, a autoridades competentes y organismos  de control, así como a otras instituciones o personas jurídicas legalmente facultadas.

En caso de cesión, transferencia, titularización o cualquier otra forma de transferencia de las operaciones crediticias, contingentes y/o cualquier otro compromiso crediticio que mantenga EL CLIENTE, sea como deudor principal, codeudor o garante, con EL BANCO, la persona natural o jurídica cesionaria o adquiriente de dicha obligación queda desde ya expresamente facultada para realizar las mismas actividades establecidas en los párrafos precedentes.

Adicionalmente, en caso de que EL CLIENTE tenga la obligación de declarar, pagar o remitir información respecto al cumplimiento de sus obligaciones tributarias ante jurisdicciones fiscales nacionales o extranjeras, autoriza expresa e indefinidamente a EL BANCO para que reporte a la(s) administración(es) tributaria(s) competente(s), la información de su(s) cuenta(s) corriente(s), ahorro(s), inversión(es) y sus respectivos movimientos y transacciones, conforme ésta(s) sea(n) requerida(s).

TRIGÉSIMA SEXTA: CAPACIDAD LEGAL.- EL CLIENTE declara que acepta las responsabilidades de orden civil y penal correspondientes a las declaraciones que ha expresado y que tiene capacidad legal para otorgar este instrumento y realizar todas las operaciones relacionadas con el manejo de su(s) cuenta(s), por lo que exime de toda responsabilidad a EL BANCO en caso de que estas declaraciones sean falsan, inexactas o no se ajusten totalmente a la verdad.

CAPÍTULO V. LEGISLACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

TRIGÉSIMA SÉPTIMA: LEY APLICABLE.- Este instrumento está sometido y se rige por la legislación de la República del Ecuador, particularmente por las normas en materia monetaria, financiera, de comercio electrónico y de defensa del consumidor.

TRIGÉSIMA OCTAVA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Para el caso de juicio, EL CLIENTE hace una renuncia general de fuero y domicilio a los jueces o tribunales del lugar donde se encuentre o a los de la ciudad de Loja, a elección de EL BANCO y al procedimiento que por Ley corresponda.

TRIGÉSIMA NOVENA: ACEPTACIÓN.-

Las partes declaran expresa e irrevocablemente que aceptan digitalmente el contenido de las cláusulas del presente documento. Loja, {{CURRENT_DATE}}.

Por medio del presente dejo constancia de haber recibido del BANCO DE LOJA S.A., una copia íntegra de igual tenor y contenido del documento que antecede, así como también el tarifario de costos y servicios e instructivos para el uso de los servicios por medios electrónicos y telefónicos.

POR MIS PROPIOS Y PERSONALES DERECHOS

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  He revisado y acepto los términos y condiciones de Uso de la Cuenta de Ahorros, Banca Electrónica y Tarjeta de Débito, referidos en este documento.

La aceptación que aquí confiero recoge mi voluntad libre y consciente de contratar el producto solicitado por este medio electrónico. Para todos los fines legales y procesales, la aceptación manifestada por este canal gozará de la misma confiabilidad, calidad y eficacia de las firmas electrónicas que prevé la legislación ecuatoriana; en consecuencia, el hecho de pulsar la opción de aceptación a través de los mecanismos de identificación electrónica proporcionados por Banco de Loja S.A, perfecciona el acuerdo de voluntades para la contratación de la Cuenta de Ahorro, sin necesidad de nueva aprobación o ratificación de mi parte

Estipulación especial: El Contrato que acaba de firmar digitalmente, estará sujeto a la verificación respectiva de los datos proporcionados por parte de esta entidad bancaria a través de Call Center. Hecho esto, el contrato entrará en vigencia y para su exacto entendimiento se le remitirá una copia del mismo en formato PDF a la dirección de correo electrónico que usted ha registrado.

* Para salvaguardar su integridad y de nuestros colaboradores su TARJETA DE DÉBITO no será entregada, hasta que las autoridades nacionales establezcan la normalidad de las actividades en el país. Sin embargo, si requiere su Tarjeta de Débito antes, puede solicitarla y retirarla en cualquiera de nuestras oficinas de atención.